Bolivia: la caída en el re-eleccionismo
Muchos creyeron que la soberanía del pueblo,
expresada a través de elecciones libres y justas podía conjurar la amenaza del
despotismo en Latinoamérica. Sin embargo, la soberanía popular se convirtió en
un instrumento de adquisición y acumulación de poder por parte movimientos
populistas demagógicos, con el propósito de construir un sistema hegemónico que
les permita permanecer indefinidamente en el gobierno, inclusive cuándo ya ni
siquiera cuentan con el apoyo de la mayoría.
Eso precisamente ha sucedido con los
gobiernos de Chávez/Maduro, Daniel Ortega y Evo Morales, quienes llegaron al poder
vía elecciones democráticas, pero que una vez en control del Estado comenzaron
a alterar el orden democrático para instaurar sistemas autoritarios, en una
suerte de golpe de estado en cámara lenta, casi imperceptible desde afuera.
En el caso de Bolivia, Evo Morales, tras su
re-elección ilegal de 2010, habiendo forzado la cláusula provisoria contra la
reelección de la Constitución de 2008, ha embarcado a su país en un camino
hacia el despotismo, copando las instituciones democráticas, cercenando las libertades,
persiguiendo y encarcelando a los opositores.
La Constitución boliviana, aprobada en 2008
por referéndum, prevé un mandato de 5 años y sólo una reelección de manera
continua. Esta disposición es propia de muchos regímenes presidencialistas del
mundo, y especialmente en las Américas. Morales, que ya ejerció la presidencia
por tres períodos continuos, intentó en 2016, reformar dicha norma
constitucional convocando a un referéndum para que los bolivianos modifiquen la
Constitución y aprueben la reelección indefinida. Seguro de ganar la consulta,
Morales prometió que si perdía dicha consulta se iría a su casa.
El 21 de Febrero de 2016 los ciudadanos
dijeron No a dicha modificación constitucional, cerrando la puerta a la
reelección de Evo Morales. En un acto insólito de desesperación, Morales siguió
el consejo de los cubanos, del madurismo y de su amigo Daniel Ortega y presentó
al Tribunal Constitucional una acción de inconstitucionalidad, arguyendo que el
artículo de la Constitución que prohíbe su reelección viola su derecho humano a
reelegirse indefinidamente, al amparo del Art. 23 de la Convención Americana de
Derechos Humanos.
El mismo argumento usó Ortega en Nicaragua,
cuando hizo modificar la Constitución para permitir su reelección indefinida en
2009 por medio de la Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia, y
luego en 2014, vía la Asamblea Nacional. Hugo Chávez en Venezuela, por su
parte, con el pretexto de “ampliar los derechos políticos de los venezolanos”
forzó vía la Asamblea Nacional chavista una reforma constitucional que incluía
subrepticiamente la reelección inmediata e ilimitada, la que fue aprobada por
referéndum en febrero de 2009. La enmienda constitucional había sido rechazada
en el referéndum de 2007.
Lo más sorprendente de este absurdo jurídico
y moral en Bolivia es que el Tribunal Constitucional, controlado por militantes
del partido de gobierno (MAS), aceptó esa interpretación maliciosa de la
Convención Inter-americana; y luego el Tribunal Electoral, también controlado por
el gobierno, recientemente habilitó como candidato a Evo Morales para las
elecciones presidenciales del 2020.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos
tiene una extensa jurisprudencia según la cual “la previsión y aplicación de
requisitos para ejercitar los derechos políticos no constituyen, per se, una
restricción indebida a los derechos políticos. Esos derechos no son absolutos y
pueden estar sujetos a limitaciones”.
También ha señalado que los Estados pueden
regular el derecho de participación política, siempre que sean conforme con los
principios de participación democrática. Es de destacar aquí que el Secretario
General de la OEA, Luis Almagro, pidió a la Comisión de Venecia (Órgano de
Consulta Constitucional del Consejo de Europa) su opinión en la materia, dado
que sus Misiones de Observación Electoral han determinado que la “reiterada
práctica de modificar la Constitución durante un mandato, para buscar la
reelección o la posible perpetuación en el poder...” son negativas para la
democracia, y “peor aun cuando se hacen “vía simples sentencias judiciales”. La
Comisión señaló que “el derecho a ser elegido no es un derecho absoluto y puede
estar sujeto a límites objetivos y razonables”, agregando que “limitar los
mandatos presidenciales en los sistemas presidencialistas apunta a garantizar
la democracia y no equivale a discriminación”, y que ello no significa un
límite al derecho de participar, sino de postularse indefinidamente.
Los límites o prohibiciones constitucionales
a la reelección indefinida son en realidad un derecho político, o una garantía
contra la perpetuación en el poder y su correlato: el abuso del poder y la
tiranía. Ningún derecho es absoluto e ilimitado, siempre termina donde comienza
el derecho del otro.
Las Constituciones existen para eso, para limitar el poder
y prevenir la tiranía. Los límites son parte de los pesos y contrapesos de
constituciones republicanas, como la alternancia, la separación de poderes, el
federalismo, la prensa libre -todo para prevenir la perpetuidad en el poder, o
la tiranía de las mayorías. Este golpe en Bolivia contra la voluntad
popular, expresada en los referéndums de 2008 y 2016, erosiona aun más la
democracia boliviana y constituye una clara alteración del orden democrático.
Los Estados miembros de la OEA, comprometidos todos con la defensa de la
democracia cuando adoptaron la Carta Democrática Inter-americana en 2001,
deberían activar el instrumento y condenar esta grosera afrenta a la
democracia.
Rubén Perina es profesor de la Universidad
George Washington. Jaime Aparicio Otero es ex embajador de Bolivia en
EE.UU.
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